La seguridad y salud en las minas a cielo abierto es una prioridad fundamental para la Oficina Internacional del Trabajo (OIT), que ha publicado directrices para establecer un plan de respuesta de emergencia específico en estas instalaciones.
La agencia internacional establece que el empleador responsable de la mina debe colaborar con trabajadores, servicios de emergencia externos y organismos competentes para desarrollar un plan integral. Este plan aborda tanto incidentes industriales como desastres naturales previsibles, utilizando la evaluación de riesgos como herramienta clave para identificar posibles situaciones de emergencia.
El plan debe contener procedimientos para incendios, primeros auxilios, atención médica y otras situaciones de emergencia. Si la mina cuenta con depósitos de relaves, se deben incorporar disposiciones adicionales en el plan. Es esencial que el plan sea compatible con los servicios de emergencia externos, como servicios de rescate en minas y bomberos. Además, se recomienda que estos servicios estén familiarizados con el contenido del plan.
Las pequeñas empresas mineras deben establecer acuerdos con otras minas y proveedores de servicios de emergencia para garantizar una respuesta adecuada en caso de emergencia.
Se deben realizar verificaciones periódicas del plan, incluyendo simulacros, con participación activa de los representantes de los trabajadores. La supervisión de la elaboración y ejecución del plan debe ser realizada por una autoridad competente.
En situaciones donde intervengan múltiples autoridades competentes, es crucial la coordinación para una respuesta efectiva ante emergencias en minas a cielo abierto.
Plan de respuesta de emergencia en minería
Al elaborar un plan de respuesta de emergencia, conviene tener en cuenta lo siguiente:
a) el establecimiento de un equipo o brigada de respuesta de emergencia;
b) la cadena de mando, con los refuerzos y estructuras de control adecuados, incluidas las funciones y las responsabilidades en caso de emergencia;
c) el establecimiento de un centro de mando y comunicación (que puede estar separado de las zonas de trabajo habituales), donde esté disponible un ejemplar completo del plan de respuesta de emergencia, incluidos los datos de contacto en caso de emergencia;
d) los dispositivos para dar la voz de alarma (las emergencias pueden ser de naturaleza distinta en función de su gravedad);
e) quién debería iniciar la respuesta de emergencia y por qué medios;
f) los procedimientos y rutas de evacuación, incluidas las señales y las marcas que indiquen las rutas de evacuación que deben utilizarse;
g) los medios para el recuento del personal después de la evacuación;
h) los procedimientos para la parada de las instalaciones críticas cuando sea necesario;
i) los medios para avisar a los servicios de emergencia externos cuando sea necesario;
j) los medios para notificar el suceso a las autoridades competentes, según sea necesario;
k) las funciones de salvamento y atención médica para aquellos que deben desempeñarlas;
l) la aplicación de las disposiciones relativas a la seguridad de la mina (incluida la gestión de los medios de comunicación y los transeúntes);
m) la protección de archivos vitales, en la forma que sea (por ejemplo, una copia de seguridad almacenada fuera de la mina o un archivo resistente al fuego);
n) la formación y reciclaje adecuados de todos los trabajadores de las minas a cielo abierto y de toda persona que pueda verse afectada por una emergencia, y
o) cualquier otra disposición en relación con la mina en cuestión.
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