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Revista Seguridad Minera

Seguridad Minera es una publicación del ISEM sobre seguridad, salud e higiene para la prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales.

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¿Qué puntos debe incluir todo plan de minado?

29 noviembre, 2016 por Seguridad Minera 4 comentarios

El nuevo Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería (RSSOM) ratificó una de las funciones principales del Comité de Seguridad y Salud Ocupacional: aprobar el plan de minado anual, según se lee en el literal h) de su artículo 63.

APP Seguridad Minera

La norma define como plan de minado el documento que contiene todas las actividades o acciones a realizar durante el período de un año y que comprende, entre otras: la identificación de los límites de las áreas de exploración, preparación, explotación, beneficio y otras actividades inherentes. Además, debe incluir metodología y parámetros de trabajo, equipos a ser utilizados, presupuestos y costos, personal, medidas de seguridad y salud ocupacional, y posibles impactos en el entorno y medidas a tomar frente a posibles eventos adversos, cuantificando las metas a alcanzar.

El plan de minado, de acuerdo al artículo 34, deberá considerar los riesgos potenciales en cada uno de los procesos operativos de ventilación, desatado, sostenimiento, perforación, voladura, carguío, transporte y mantenimiento de vías, entre otros.

Pero además deberá contar con estudios actualizados sobre geología, geomecánica, geotecnia, hidrología, hidrogeología, estabilidad de taludes, parámetros de diseño, técnicas de explosivos y voladuras, transporte, botaderos, sostenimiento, ventilación y relleno, entre otros, según corresponda al tipo de operación.

Los estudios geomecánicos deben estar basados en ensayos de laboratorio de mecánica de rocas. Para los trabajos en labores subterráneas, los estudios de geomecánica deberán ser actualizados mensualmente o en un plazo menor si el caso lo amerita.

Asimismo, deberá publicarse en cada labor las tablas y planos geomecánicos que indiquen la calidad de roca, recomendaciones de sostenimiento y dimensionamiento, el estándar de las labores y Procedimientos Escritos de Trabajo Seguro-PETS para la ejecución del trabajo.

El RSSOM precisa que los estudios deberán ser suscritos por ingenieros colegiados y habilitados. Asimismo, se deberá elaborar e implementar los respectivos Reglamentos Internos de Seguridad y Salud Ocupacional, estándares y PETS para cada uno de los procesos de la actividad minera que desarrollan, poniendo énfasis en las labores de alto riesgo.

Debe recordarse que el plan de minado y los documentos que lo sustenten deberán encontrarse en la unidad minera para su uso. Serán puestos a disposición de la autoridad competente en materia de seguridad y salud ocupacional cada vez que lo solicite.

El anexo 1 del RSSOM detalla el contenido que debe tener el Plan de Minado Anual, tanto para la minería a cielo abierto como subterránea, tanto para concesiones metálicas como no metálicas.

Algunos de los puntos específicos del plan de minado anual para operaciones a cielo abierto son los siguientes:

  1. Diseño del tajo, indicando los límites finales de explotación, secciones verticales y área de influencia no minable, entendidas estas como la franja de cien metros de ancho como mínimo alrededor del tajo abierto, medida desde el límite final, así como los parámetros de diseño utilizados en rampas, bermas y banquetas de seguridad, y carreteras de alivio.
  2. Estudio geomecánico detallado con el que sustente los ángulos de talud utilizados en el diseño del tajo y del botadero.
  3. El límite de explotación se establecerá de acuerdo al lugar donde se ubica el tajo abierto: si el tajo está ubicado en zonas alejadas de poblaciones o centros poblados o de expansión urbana, dentro de la concesión hasta el límite económico del tajo; si el tajo está ubicado en zonas próximas o dentro de la zona urbana o de expansión urbana, el límite superior o cresta del tajo deberá considerar un área de influencia no menor de cien metros medidos alrededor de la cresta final del tajo, respetando estrictamente las viviendas o carreteras de acceso más cercanas. Dichas áreas no podrán ser afectadas ni explotadas bajo ninguna circunstancia. Asimismo, la profundidad de explotación de los tajos no podrá ser inferior al nivel superficial de la zona urbana (o de expansión urbana) en la que se encuentre.

De otro lado, el plan de minado anual para operaciones mineras subterráneas debe comprender de manera especial:

  1. Estudio geomecánico detallado antes de iniciar el laboreo que permita caracterizar el macizo rocoso por áreas en interior mina, conducente a determinar el método de explotación más adecuado, así como los controles y métodos de sostenimiento.
  2. Diseño de labores mineras por áreas, sustentando ciclos (perforación, voladura, carguío, transporte, ventilación, relleno, drenaje, entre otros), precisando el tiempo de sostenimiento máximo.
  3. Diseño detallado del sistema de ventilación, garantizando la efectividad en la ventilación con una instalación mayor o igual a la capacidad instalada.
  4. Programa detallado de avances y labores mineras (tajeos, galerías, cruceros, subniveles, chimeneas, entre otras), adjuntando planos en planta por nivel.

De manera común, los planes de minado anual de operaciones a cielo abierto y subterráneas deben incluir:

  1. Plano general de ubicación de todas las instalaciones superficiales del proyecto, incluidas bocamina(s), botadero(s), cantera(s) de préstamo, planta de beneficio, revalera(s), talleres, vías de acceso, campamentos, enfermería y otros en coordenadas UTM WGS 84 y a escala adecuada.
  2. Diseño detallado de los botaderos, incorporando secuencia de llenado y medidas de control de estabilidad física, además de implementar recomendaciones del EIA y planes de cierre respectivos.
  3. Diseño detallado del polvorín, almacenes de sustancias peligrosas y subestaciones eléctricas (o casa de fuerza), incorporando medidas de seguridad y manejo de contingencias.
  4. Gestión de seguridad y salud ocupacional (Reglamento Interno de Seguridad y Salud Ocupacional, organigrama, Manual de organización y funciones, estándares, PETS, trabajos de alto riesgo, Programa de capacitación al personal, IPERC de línea base y continuo, Programa de monitoreo de agentes físico-químicos).
  5. Cronograma de ejecución de las actividades.

 

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Comentarios

  1. Manuel Rashta Lock dice

    9 junio, 2018 en 12:10 PM

    Siempre presenta temas de interés

    Responder
    • Seguridad Minera dice

      12 junio, 2018 en 12:34 PM

      Muchas gracias por consultar nuestro sitio web. Esperamos seguir aportando información de relevancia para usted.

      Responder
  2. Risof Quintana dice

    18 julio, 2020 en 3:49 PM

    Interesante la informaciòn, sin embargo querìa saber si existe una estructura estàndar para la presentaciòn del Plan de Minado.

    Responder
    • Seguridad Minera dice

      19 julio, 2020 en 7:12 PM

      Muchas gracias por consultar nuestra publicación. Un aspecto básico que se podría revisar es la legislación minera de su país. En el caso de Perú indica lo siguiente: Es el documento que contiene todas las actividades o acciones a realizar durante el período de un año y que comprende, entre otras: la identificación de los límites de las áreas de exploración, preparación, explotación, beneficio y otras actividades inherentes, metodología y parámetros de trabajo, equipos a ser utilizados, presupuestos y costos, personal, medidas de Seguridad y Salud Ocupacional, y posibles impactos en el entorno y medidas a tomar frente a posibles eventos adversos, cuantificando las metas a alcanzar.

      Responder

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