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Revista Seguridad Minera

Seguridad Minera es una publicación del ISEM sobre seguridad, salud e higiene para la prevención de accidentes y enfermedades ocupacionales.

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Medidas de prevención en movimientos de tierra y de excavación

25 marzo, 2019 por Seguridad Minera 4 comentarios

En las actividades relacionadas con el movimiento de tierras y obras de infraestructura (saneamiento, abastecimiento, etc.) los trabajos de excavación representan un alto porcentaje de los accidentes graves o mortales, siendo una de las principales causas, el sepultamiento o enterramiento provocado por los desplomes, hundimientos y corrimientos de tierra.

Dentro de los trabajos de excavación distinguiremos dos casos diferenciados, las zanjas y pozos (que por sus escasas dimensiones hacen que los trabajos en el interior de las mismas puedan ser peligrosos) y los vaciados.

Dentro de los trabajos de movimientos de tierras, los riesgos de sepultamiento, atrapamiento derivados de los desprendimientos y colapso del terreno son los más importantes que nos podemos encontrar, ya sean trabajos de excavación, zanja, desmonte, terraplenado o relleno. Por tanto, la principal obligación será asegurar en todo momento la estabilidad del terreno, bien mediante la adopción de taludes adecuados, o a través de medidas estructurales de contención (entibaciones, protección o tratamientos del terreno).

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Otros factores de riesgo importantes, son los derivados de los equipos de trabajo y maquinaria empleada durante la realización de los trabajos, en particular el riesgo de golpes, atropello y atrapamiento por el movimiento de la maquinaria involucrada. Señalar también el riesgo de caída en altura en bordes de excavaciones y zanjas, así como de terraplenes, tanto por la frecuencia como por la gravedad de los posibles accidentes que pudiera ocasionar.

El poder realizar estos trabajos sin intervención humana en el fondo de la excavación y desde el exterior, evitaría muchos problemas y un gran número de accidentes mortales. Existen derivados de la incorporación de nuevas tecnologías al desarrollo de estas labores, equipos de trabajo usados por personal especializado (perforación horizontal dirigida; hinca metálica con sistema rotativo; hinca metálica por percusión; grundoburst).

Por este motivo, se debe establecer medidas y procedimientos para contribuir a la reducción o eliminación de los riesgos laborales dentro del ámbito de actuación del desarrollo de las obras, desde la creación de una correcta organización preventiva a la planificación de las pertinentes actividades.

Medidas preventivas

  1. Medidas a adoptar antes del inicio de los trabajos: antes de comenzar los trabajos de movimientos de tierras y de excavación, deberá tomarse medidas para localizar y reducir al mínimo los peligros debidos a cables subterráneos, así como aéreos y demás sistemas de distribución.
  2. Medidas a adoptar durante los trabajos: en los trabajos de excavación en general, pozos, trabajos subterráneos y túneles se adoptará las precauciones necesarias especificadas, en su caso, en el proyecto de ejecución de la obra, a fin de evitar derrumbamientos según la naturaleza y las condiciones del terreno y la forma de realización de dichos trabajos.
  3. Acumulaciones de tierras, escombros o materiales: las acumulaciones de tierras, escombros o materiales, y los vehículos en movimiento deberán mantenerse alejados de las excavaciones o deberán tomarse las medidas adecuadas, en su caso, mediante la construcción de barreras, para evitar su caída en las mismas o el derrumbamiento del terreno.
  4. Vías de entrada y salida: deberá preverse vías seguras para entrar y salir de la excavación.
  5. Ascensos y descensos de trabajadores: queda prohibido servirse del propio entramado, entibado o encofrado para el descenso o ascenso de los trabajadores. A tal efecto se emplearán escaleras, adoptando las medidas de seguridad correspondientes.
  6. Cuando se emplee ascensores para la subida y el descenso de los trabajadores en los pozos, se adoptará las medidas de seguridad correspondientes.
  7. Ventilación: se dispondrá de buena ventilación –natural o forzada– en los pozos y galerías subterráneas, adoptando las medidas necesarias para que los trabajadores dispongan de aire sano suficiente.
  8. Medidas en caso de incendio, irrupción de agua o caída de materiales:
    En las excavaciones, pozos, trabajos subterráneos o túneles deberá tomarse las precauciones adecuadas tanto para prevenir la irrupción accidental de agua mediante los sistemas o medidas adecuados, como para permitir que los trabajadores puedan ponerse a salvo en el caso de que se produzca un incendio, una irrupción de agua o la caída de materiales.
  9. Trabajos en atmósferas peligrosas o tóxicas: con carácter previo al inicio de trabajos en los que puedan existir atmósferas peligrosas o tóxicas deberá elaborarse el correspondiente procedimiento de trabajo. En todo caso, en dicho procedimiento se incluirán, entre otras, las siguientes medidas preventivas:
    • Antes de acceder a pozos o galerías en las que por circunstancias especiales sea de temer la existencia de un ambiente peligroso o tóxico, se hará las pruebas y mediciones necesarias para conocer el estado de la atmósfera; igualmente deberá adoptarse las medidas para prevenir la formación y acumulación de atmósferas explosivas.
    • Los trabajadores no podrán penetrar hasta después de haber tomado las precauciones oportunas para impedir cualquier accidente por intoxicación, asfixia o explosión.
    • El trabajo en espacios confinados deberá ser supervisado y no se permitirá el acceso a trabajadores no autorizados y que no estén suficiente cualificados, formados e informados de los riesgos correspondientes.
    • Cuando en el desarrollo de los trabajos se noten síntomas que hagan temer la presencia de un peligro grave o la falta de oxígeno, deberá darse cuenta inmediata al supervisor de los trabajos, se suspenderá la actividad y se abandonará inmediatamente el lugar de trabajo.

Condiciones generales

La maquinaria para movimientos de tierra debe cumplir, entre otras, las siguientes normas:

  • a) Deberá ajustarse a lo dispuesto en su normativa específica.
  • b) Deberá estar bien proyectada y construida, teniendo en cuenta, en la medida de lo posible, los principios de la ergonomía. Mantenerse en buen estado de funcionamiento. Utilizarse correctamente.
  • c) Los conductores y personal encargado de la maquinaria para movimientos de tierras deberán recibir una formación e información adecuada.
  • d) Deberán adoptarse medidas preventivas para evitar que caigan en las excavaciones o en el agua.
  • e) Cuando sea necesario, esta maquinaria deberá estar equipada con estructuras concebidas para proteger al conductor contra el aplastamiento en el caso de vuelco de la máquina y contra la caída de objetos.

Archivado en: Operaciones Etiquetado con: Operador, Seguridad y Maquinarias

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Comentarios

  1. Félix Carrasco Pacho dice

    1 abril, 2019 en 9:58 PM

    Necesito mas información,los temas son muy importantes.

    Responder
    • Seguridad Minera dice

      2 abril, 2019 en 11:45 AM

      Estimado Félix, le invitamos a suscribirse virtualmente para recibir todas nuestras próximas publicaciones. Al final de cada artículo encontrará una casilla para suscribirse

      Responder
  2. JOSE ANTONIO RAMIREZ dice

    26 mayo, 2021 en 2:17 PM

    Interesante publicación

    Responder
    • Seguridad Minera dice

      26 mayo, 2021 en 4:11 PM

      Muchas gracias por seguir y consultar nuestro sitio web

      Responder

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